Participacion Ciudadana - Juntas Vecinales.

DIRECCIÓN DE LA FAMILIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

 

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS

JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERU

 

CAPITULO  I

 

GENERALIDADES

 

A.   FINALIDAD

          El presente Manual tiene por finalidad proporcionar principios y procedimientos para la organización y funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de las Comisarías promovidas por la PNP.

 

B.   CONTENIDO

El presente Manual comprende la misión, principios y normas para la organización y funcionamiento de las Juntas Vecinales de las Comisarías  promovidas por la PNP.

 

C.   ALCANCE         

          A todo el personal de la Policía Nacional del Perú e integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de las Comisarías promovidas por la PNP, a nivel nacional.

 

D.   BASE LEGAL   

1.         Constitución Política del Perú.

2.         Ley N° 24949 de 06DIC88, Ley de creación de la Policía Nacional del Perú.

3.         Ley N° 27238 de 21 DIC99, Ley de la Policía Nacional del Perú.

4.         Ley N° 27933 de 12FEB2003, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.

5.         Ley N° 27972 de 27MAY2003, Ley Orgánica de Municipalidades.

6.         DS N° 008-2000-IN de 060CT2000, Reglamento de la Ley de la PNP.

7.         DS N° 012-2003-IN de 070CT2003, Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.

8.         DS N° 0097-JUS - Texto Único Ordenado de 27JUN97,  Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar.

9.         RM N° 1091-2003-IN/PNP de 30JUN03, Manual de Organización y Funciones de las Comisarías

10.      RD N° 2219-DGPNP/EMP de 22AGO97 que crea la Dirección de Participación Ciudadana de la Policía Nacional del Perú

11.      RD N° 1170-DGPNP/CSC de 11MAY97 creando las Oficinas de Participación Ciudadana de la VII-RPNP, de las Jefaturas de Policía Metropolitana y Provincial del Callao y de las Comisarías, respectivamente.

12.      Plan Nacional del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.

13.      Plan Estratégico de la DIRFAPACI-PNP 2004 – 2006.

14.      DS N° 015.2003-IN de 04DIC03, Rectifican numerales del artículo 13° del Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú. que crea la Dirección de la Familia y Participación Ciudadana de la PNP, como Órgano de Apoyo.

         

E.   DEFINICIÓN DE TERMINOS                                                           ANEXO 01

 

 

CAPÍTULO II

 

MISIÓN Y PRINCIPIOS

A.   MISION

Las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, promovidas por la PNP, tienen por misión contribuir con la Policía, bajo supervisión del Comisario, en acciones preventivas para acrecentar la seguridad ciudadana.

 

B.   PRINCIPIOS

1.    La Naturaleza de las Juntas Vecinales es:

 

a.       Voluntariado                   :       Su ingreso es libre, siempre y cuando cumplan con los requisitos; es sin fines de lucro.

 

b.       Vecinal                              :     Sus integrantes son vecinos por domiciliar o laborar en el mismo vecindario.

 

c.       Comunal                           :     Su nivel e instancia es la comunidad.

 

d.       Permanente                      :     A partir de su creación su funcionamiento es continuo.

 

e.       Especializada                   :     Solo en materia de participación de la población para la seguridad ciudadana 

 

f.        Solidaria                            :     Su apoyo moral y material al prójimo y la comunidad, será permanente.

 

g.       Apolítica                             :     No ejerce filiación ni actividad política partidaria.

 

h.      Integradora                        :     Su funcionamiento esta orientado al trabajo coordinado, conjunto e integrado con otras Juntas Vecinales de la comunidad, para contribuir a optimizar la organización vecinal, para la seguridad ciudadana.

 

2.    Los actos de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana estarán orientados por los siguientes principios de:

 

a.    Espíritu de servicio

a la comunidad                :     Teniendo como mística y filosofía de trabajo el servicio social.

 

b.    Respeto y Protección      :     A la dignidad y a los derechos humanos.

Vigilancia      :           Alerta permanentn:yes'> ontribuir a las actividades preventivas realizadas por la Policía.

 

c.    Representatividad           :     Estar integrados por todos los sectores sociales de la comunidad.

 

d.    e.      Capacitación                 :     Serán permanentemente capacitados por la PNP sobre temas de seguridad ciudadana.

 

e.    Conciliación                     :     Tener como norma el servir como conciliadores.

 

f.     Legalidad                          :     Todas las acciones y procedimientos deberán enmarcarse dentro del principio de legalidad, el estado de derecho y el debido proceso.

 

g.    Respeto Mutuo                 :     Respeto irrestricto a los derechos humanos.

 

h.    Priorización de Acción    :     Brindar atención especial a grupos vulnerables que corren mayor riesgo de ser víctimas, como niños, ancianos, mujeres o discapacitados.

 

i.      Transparencia Pública   :     Deberán actuar con total transparencia en el ejercicio de sus funciones, proyectando una imagen de confianza en su comunidad.

 

j.      El Comisario garantiza, bajo responsabilidad, la reserva de la información proporcionada por los integrantes de las Juntas Vecinales, para lo cual se debe disponer las medidas de seguridad integral y el trámite reservado de la información, documentación, legajos y archivos.

 

3.    Todas las actividades de las Juntas Vecinales deben estar orientadas y proyectadas a integrarse a la comunidad y a la sociedad civil y que estas deben ser en forma conjuntas para unir esfuerzos, consolidar metas y objetivos de interés común, en relación a la seguridad ciudadana.

 

CAPÍTULO III

 

ORGANIZACIÓN

 

A.   ESTRUCTURA ORGÁNICA

La estructura  de la organización de Juntas Vecinales es la siguiente:

B.   ORGANIZACIÓN

 

1.    Para determinar la organización de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de una jurisdicción determinada, el Comisario, dividirá su jurisdicción policial en zonas, teniendo en consideración la extensión geográfica, el índice poblacional y la incidencia delictiva:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

a.    La Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana, integrada por “Vecinos Vigilantes” de una cuadra, manzana, sector, barrio, conjunto habitacional, edificio, urbanización, localidad, Asentamiento Humano, Pueblo Joven, Comunidad Campesina o Nativa, etc., tendrá un (01) “Coordinador de Junta Vecinal”, el mismo que será designado por el Comisario entre los integrantes de la Junta Vecinal a la que pertenece.

 

b.    Las Juntas Vecinales, ubicadas en una determinada zona, serán representados por un (01) “Coordinador Zonal”, el mismo que será designado por el Comisario entre los Coordinadores de Juntas Vecinales de su zona.

 

c.    Las Juntas Vecinales de las diversas zonas que comprende una jurisdicción Policial será representada por un (01) “Coordinador General”, el mismo que será elegido entre los Coordinadores Zonales de la respectiva jurisdicción policial.

 

2.    Cada Comisaría, para la conducción y supervisión de la participación ciudadana mediante las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de las Comisarías promovidas por la PNP, contará con la siguiente organización interna:

 

a.    El Comisario.

b.    El Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social o Promotor designado por el Comisario.

c.    El Coordinador General de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

d.    El Coordinador Zonal - Secretario.

e.    El Coordinador Zonal – Secretario de Economía.

f.     El Coordinador Zonal -  Fiscal.

 

g.    Los Coordinadores Zonales de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

h.    Los Coordinadores de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

i.      Los Vecinos Vigilantes integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

3.    La base de la organización de la población en Seguridad Ciudadana, es la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana promovida por la PNP y para su funcionamiento contará con:

 

a.    El Coordinador  de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana

b.    El Asesor (Promotor de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección social, de la Comisaría de la jurisdicción)

c.    El Vecino Vigilante - Secretario

d.    Los Vecinos Vigilantes integrantes de la Junta Vecinal.

4.    Las Juntas Vecinales para su funcionamiento deben tener el reconocimiento oficial mediante la dación de:

 

a.    Actas de organización de Juntas Vecinales (ANEXO 02).

b.    Resolución de Creación de la Junta Vecinal (ANEXO 03).

c.    Resolución de los integrantes de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana, promovida por la PNP (ANEXO 04).

d.    Resolución de Reconocimiento de los Coordinadores, con indicación de inicio y término de su periodo (ANEXO 05).

 

Las Resoluciones, serán firmadas por el Comisario e inscritas en el Registro correspondiente de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría.

 

5.    La Comisaría a través de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social deberá contar, con los archivos de los legajos, libros y cuadernos de registros correspondientes.

 

a.    Registro de Inscripción de los integrantes de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana (ANEXO 06) y Registro de Resoluciones (ANEXO 07).

 

b.    Un (01) Legajo de Fichas de Acreditación de sus integrantes. (ANEXO 08).

 

c.    Un (01) Registro “RESERVADO” de datos e informaciones, proporcionados a la Policía por los integrantes de las Juntas Vecinales. (ANEXO 10).

 

d.    Un (01) Libro de Reuniones del Comisario y Coordinador General, Coordinadores Zonales, Coordinadores de Juntas y los Vecinos Vigilantes integrantes de las Juntas Vecinales de la Comisaría. Modelo de acta de reunión (ANEXO 11).

 

e.    Los Coordinadores Zonales de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía deben contar con un (01) Cuaderno de Reuniones con  los Coordinadores de Juntas Vecinales. Modelo de acta de reunión (ANEXO 11).

 

f.     Los Coordinadores de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana deben contar con un (01) Cuaderno de Reuniones con  los Vecinos Vigilantes. Modelo de acta de reunión (ANEXO 11).

 

 

CAPÍTULO IV

 

FUNCIONES Y RELACIONES

 

A.   FUNCIONES GENERALES

 

1.    De la Comisaría - Departamento de Prevención - Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social

 

a.    Promover la organización y capacitación de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana en cumplimento a los lineamientos del Comando PNP y de los Comités Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana y en coordinación permanente con los Presidentes de dichos Comités y la Oficina de Participación Vecinal del Municipio del ámbito de su competencia territorial, procurando que sus actividades sean integradas.

 

b.    Optimizar el funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, así como apoyar el desarrollo de programas y actividades, para fortalecer la seguridad ciudadana en su jurisdicción.

 

c.    Fortalecer el proceso de cambio de actitud positiva y comportamiento del personal policial en su trato, actos e intervenciones, a fin de consolidar la relación Ciudadanía – Policía, en el marco de los principios de la Policía Comunitaria y el proceso de modernización policial.

 

d.    Contribuir activamente en el esfuerzo conjunto que realiza la DIRFAPACI-PNP para el óptimo funcionamiento del “Sistema Policial de la Familia y Participación Ciudadana” en el desarrollo y ejecución de sus programas y actividades.

 

2.    De las Juntas Vecinales

 

a.    Unir, articular y orientar el esfuerzo de auto motivación permanente entre sus integrantes para la organización y funcionamiento efectivo de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

b.    Solicitar a la Comisaría la capacitación de los vecinos en las disposiciones elementales y básicas sobre seguridad ciudadana,  de los medios y procedimientos preventivos individuales y colectivos de seguridad y de la forma como apoyar y colaborar con la Policía para contribuir a elevar los índices de orden y seguridad de sus respectivas jurisdicciones.

 

c.    Informar o comunicar a la Comisaría de los hechos Policiales que conocen, lo que deben obrar en el Registro “RESERVADO”, de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social, para su seguimiento y evaluación.

 

d.    Comprometer a la población para participar activamente con sus autoridades locales y Policía, para solucionar los problemas de su comunidad en materia de seguridad ciudadana.

 

e.    Establecer vínculos permanentes de coordinación entre los integrantes de las Juntas Vecinales para mantener una alerta efectiva ante cualquier hecho al margen de la ley.

 

f.     Promover con la Policía y apoyar la organización de nuevas Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana a nivel local tanto en el área urbana, como periférica y/o rural.

 

g.    Mantener relaciones de coordinación con las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Municipalidad, procurando que dichas acciones sean conjuntas e integradas.

 

h.    Apoyar las actividades y programas que realice la DIRFAPACI-PNP en relación a la prevención, promoción y protección de la niñez, adolescencia, juventud, mujer y familia, para contribuir a su desarrollo integral.

 

i.      Colaborar en las acciones de emergencia producidas por desastres naturales, artificiales o situaciones de calamidad local, constituyéndose en Brigadas, en apoyo a las acciones que le asigne al Comisario el Plan de Defensa Civil.

 

B.   FUNCIONES ESPECIFICAS

 

1.    El Comisario

 

a.    Planea, organiza, coordina, dirige y controla, en forma general  las funciones y actividades de la Comisaría, en particular del Departamento de Prevención y en especial de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social.

 

b.    Incluye en el Plan de Trabajo Anual, las actividades de participación de la población en seguridad ciudadana, en concordancia con los lineamientos de política del Comando Institucional y de la DIRFAPACI-PNP, como ente rector del “Sistema Policial de la Familia y Participación Ciudadana”.

 

c.    Planea, organiza, coordina, dirige, controla y evalúa el funcionamiento y las actividades de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de su jurisdicción.

 

d.    Programa actividades de proyección social, acciones cívicas y de orientación, prevención, promoción y protección de la niñez, adolescencia, juventud, mujer y familia y participa en las que promueve la DIRFAPACI-PNP.

 

e.    Integra el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana.

 

f.     Dirige la difusión permanente de la doctrina y los principios de la Policía Comunitaria.

 

g.    Expide actas, Resoluciones de: Creación de la Junta Vecinal, de los integrantes de la Junta Vecinal, de reconocimiento de los Coordinadores, así como Credenciales de identificación interna; dispone y controla las medidas de seguridad y el debido uso y empleo de los registros y legajos, los que deberán estar debidamente actualizados y deben obrar en las Secciones de Participación Ciudadana y Proyección Social. (ANEXOS 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10,11 y 12).

 

h.    Atiende con especial diligencia a los Coordinadores e integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de su jurisdicción o de cualquier otra que acudan a su despacho.

 

i.      Convoca y preside las reuniones con los Coordinadores y Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de su Comisaría, así mismo cuando por razones del servicio o fuerza mayor deba ausentarse podrá delegar esta función al Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social o al Promotor Policial que designe.

 

j.      Vela por el estricto cumplimiento de los periodos permanencia en el cargo de los Coordinadores: General, Zonales y de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

k.    Preside el acto de designación de los Coordinadores de las Juntas Vecinales, de sus Secretarios y de los Coordinadores Zonales, así como su reconocimiento y juramentación correspondientes.

 

l.      Preside el proceso de elección, proclamación, reconocimiento y juramentación correspondiente del Coordinador General, Secretario, Secretario de Economía y Fiscal.

 

m.  Aprueba los Planes de Operaciones, Ordenes de Operaciones y Roles de Servicios de las actividades y Patrullaje Conjunto de la Policía con el apoyo de los integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

n.    Eleva por conducto regular las Hojas de Recomendación con los anteproyectos de convenios con las diferentes instituciones y organismos locales que se comprometan a apoyar a optimizar las actividades y/o Servicios Policiales, en el marco de los principios de la Policía Comunitaria.

 

o.    El Comisario conformará un Comité Consultivo integrado por los Coordinadores Generales salientes, con la finalidad de enriquecer el funcionamiento de las Juntas Vecinales con su experiencia, dar continuidad a las metas y objetivos de mediano y largo plazo, los mismos que se desenvolverán como asesores, apoyando la promoción, capacitación y fiscalización del funcionamientos de las mismas, en estrecha coordinación con el Coordinador General en ejercicio y conocimiento pleno del Comisario.

 

2.    Del Jefe del Departamento de Prevención

 

a.    Asesora al Comisario en el área de su responsabilidad.

 

b.    Promueve la participación ciudadana acorde con la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana y la Política del Comando PNP Y DIRFAPACI-PNP.

 

c.    Formula las Cartas Funcionales del personal Policial asignados a la Sección de Patrullaje y Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social.

 

d.    Coordina con los distintos Departamentos de la Comisaría a fin de recibir los datos relativos al trabajo de estos, para el mejor cumplimiento de su función.

 

e.    Instruye diariamente al personal antes de salir a su facción de servicio para lograr internalizar y comprometerlo en los principios de la Policía Comunitaria, los lineamientos del Proceso de Modernización Policial y optimizar el cambio de actitud positiva en su comportamiento, trato cortés, acciones e intervenciones, para consolidar la relación Ciudadanía – Policía.

 

f.     Operativiza mediante el servicio de Patrullaje la respuesta Policial a las necesidades y requerimientos de la ciudadanía en materia de seguridad ciudadana.

 

g.    Formula los Planes de Operaciones, Ordenes de Operaciones y Roles de Servicios de las actividades y Patrullaje Conjunto de la Policía con el apoyo de los integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

h.    Eleva por conducto regular las Hojas de Recomendación con los anteproyectos de convenios con las diferentes instituciones y organismos locales que se comprometan a apoyar a optimizar las actividades y/o Servicios Policiales, en el marco de los principios de la Policía Comunitaria.

 

3.    Del Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social

 

a.    Asesora al Comisario en los aspectos específicos de sus responsabilidades funcionales.

 

 

b.    Asesora al Comisario y ejecuta los Planes para la capacitación de los vecinos integrantes de las Juntas Vecinales en materia de seguridad ciudadana, en caso necesario, puede solicitar el apoyo y/o asesoramiento de la DIRFAPACI-PNP.

 

c.    Asesora al Comisario y ejecuta los Planes para la capacitación del personal Policial de la Comisaría, respecto al cambio de actitud positiva y comportamiento en su trato, actos  e intervenciones, así como en las actividades de participación ciudadana, en el marco de los principios de la Policía Comunitaria y el proceso de modernización Policial, en caso necesario, puede solicitar el apoyo y/o asesoramiento de la DIRFAPACI-PNP.

 

d.    Coordina permanentemente con las autoridades locales y vecinales, así como con otras Juntas Vecinales y entidades públicas y privadas de la jurisdicción, en relación con la participación activa de la población para su seguridad.

 

e.    Asesora al Comisario en la programación de acciones cívicas y de proyección a la comunidad en coordinación con las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

f.     Vela por el funcionamiento efectivo de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

g.    Formula las actas, los anteproyectos de Resoluciones, lleva los registros y legajos correspondientes, así mismo con el Coordinador Secretario lleva al día el Libro de Reuniones  e Información de carácter “RESERVADO” de los integrantes de las Juntas Vecinales. (ANEXOS 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11 y 12).

 

h.    Lleva el Legajo de Fichas de Acreditación y llena los datos de las Credenciales, de identificación interna de los integrantes de las Juntas Vecinales, los mismos que deberán tener la numeración y sellos de seguridad correspondientes, así como la fecha de expedición y caducidad, controlando dichos periodos para su renovación. (ANEXO 08 y 09).

 

i.      Asiste a todas las reuniones de los Coordinadores y de las Juntas Vecinales.

 

j.      Asiste a las reuniones de coordinación que convoque los diferentes niveles del Sistema Policial de la Familia y Participación Ciudadana, del cual dependa, para la óptima realización de las actividades funcionales.

 

 

 

k.    Proporciona la información que se requiera para la formulación de los Planes de Operaciones, Ordenes de Operaciones y Roles de Servicios de las actividades y Patrullaje Conjunto de la Policía con el apoyo de los integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

l.      Asesora al Comisario y al Jefe de la Sección de Prevención para la formulación de las Hojas de Recomendación con los anteproyectos de convenios con las diferentes instituciones y organismos locales que se comprometan a apoyar a optimizar las actividades y/o Servicios Policiales, en el marco de los principios de la Policía Comunitaria.

 

4.       De los Promotores Asesores de Junta Vecinal

 

a.    Asesora al Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social, en los aspectos específicos de sus responsabilidades funcionales.

 

b.    Capacita a los vecinos integrantes de las Juntas Vecinales en materia de seguridad ciudadana.

 

c.    Capacita al personal Policial de la Comisaría, respecto al cambio de actitud positiva y comportamiento en su trato, actos  e intervenciones, así como en las actividades de participación ciudadana, en el marco de los principios de la Policía Comunitaria y el proceso de modernización Policial.

 

d.    Con conocimiento y autorización del Jefe de la Sección, coordina permanentemente con las autoridades, Juntas Vecinales y población en general para su participación activa en la seguridad ciudadana.

 

e.    Coordina y participa en la ejecución de acciones cívicas y de proyección a la comunidad en coordinación con las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

f.     Apoya en el control del funcionamiento efectivo de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

g.    Formula las actas, los anteproyectos de Resoluciones, lleva los registros y legajos correspondientes, así mismo con el Coordinador Secretario lleva al día el Libro de Reuniones  e Información de carácter “RESERVADO” de los integrantes de las Juntas Vecinales. (ANEXOS 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11 y 12).

 

h.    Llena los datos de las Credenciales, de identificación interna de los integrantes de las Juntas Vecinales, los mismos que deberán tener la numeración y sellos de seguridad correspondientes, así como la fecha de expedición y caducidad, controlando dichos periodos para su renovación. (ANEXO 08 y 09).

 

i.      Lleva un calendario de las fechas de dación de las Resoluciones de Reconocimiento en el que se señala la fecha de término de periodo de los Coordinadores y demás cargos para informar oportunamente al Jefe de la Sección.

 

j.      Asiste a todas las reuniones de los Coordinadores y de las Juntas Vecinales; así como a las reuniones de coordinación que convoque los diferentes niveles del Sistema Policial de la Familia y Participación Ciudadana.

 

k.    Canaliza la información que se requiera para la formulación de los Planes de Operaciones, Ordenes de Operaciones y Roles de Servicios de las actividades y Patrullaje Conjunto de la Policía con el apoyo de los integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

5.       Coordinador General de Juntas de Seguridad Ciudadana

 

a.    Representa a las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la PNP ante la Comisaría, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (cuando es invitado, convocado o nominado) y autoridades públicas y privadas de su jurisdicción, con conocimiento del Comisario.

 

b.    Coordina con el Comisario la convocatoria a las reuniones internas de los Coordinadores y de las Juntas Vecinales de su jurisdicción.

 

c.    Gestiona ante el Comisario reuniones para capacitar a los Vecinos Vigilantes de la nuevas y de las ya existentes Juntas Vecinales sobre las disposiciones elementales y básicas sobre la materia y de los medios y procedimientos preventivos de seguridad y de la forma como apoyar y colaborar con la Policía, en el marco del estricto respeto de los Derechos Humanos.

 

d.    Vela por el funcionamiento efectivo de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

e.    Supervisa las labores y funciones de los demás Coordinadores de las Juntas Vecinales.

 

f.     Contribuye con información para la formulación del Plan Local de Seguridad Ciudadana de su Comisaría.

 

g.    Coordina con el Comisario y Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social, aspectos relativos a la seguridad preventiva de su jurisdicción.

 

h.    Conoce de las novedades de su jurisdicción en materia de seguridad y comparte dicha información con los Coordinadores de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

i.      Conoce las actividades laborales y horarios de trabajo de los Coordinadores Zonales y de Juntas Vecinales, para establecer contactos y medidas de seguridad específicas.

 

j.      Promueve la participación vecinal en seguridad ciudadana de su jurisdicción y la conformación de nuevas Juntas Vecinales.

 

6.    Del Coordinador Zonal Secretario 

 

a.    Desempeña este cargo en adición al de Coordinador Zonal de su jurisdicción.

 

b.    Apoya a los Promotores Policiales de su respectiva Comisaría, para recabar las Fichas de Acreditación de los Vecinos Vigilantes y de los Coordinadores de Juntas Vecinales, Coordinadores Zonales y Coordinador General (ANEXO 08 y 09).

 

c.    Comunica la fecha de las reuniones convocadas por el Comisario y coordinar la asistencia de los Coordinadores Zonales y/o Coordinadores de Juntas Vecinales y/o Vecinos Vigilantes, según el caso.

 

d.    Prepara la agenda de las reuniones, la que previamente ha sido coordinada entre el Comisario y el Coordinador General.

 

e.    Lleva al día el Libro de Reuniones, que debe obrar en la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría, en coordinación con el Jefe de la Sección o del Promotor que haya sido designado por el Comisario para dicho efecto. Modelo de acta (ANEXO 11).

 

7.    Del  Coordinador Zonal Secretario de Economía

 

a.    Desempeña este cargo con adición al de Coordinador Zonal de su jurisdicción.

 

b.    Tiene a su cargo la custodia de los recursos donados a las Juntas Vecinales.

 

c.    Lleva al día el Registro de los recursos donados a las Juntas Vecinales.  (ANEXO 12).

 

d.    Formula informe mensual ante el Comisario, sobre su gestión o cuando le sea solicitado.

8.    Del Coordinador Zonal Fiscal

 

a.    Desempeña este cargo con adición al de Coordinador Zonal de su jurisdicción.

 

b.    Supervisa y fiscaliza el desempeño y cumplimiento de las funciones del Coordinador General, de los Coordinadores Zonales (incluye al Secretario y Secretario de Economía), de Juntas Vecinales (incluye al Secretario) y de los Vecinos Vigilantes, así como la marcha administrativa, operativa y económica de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

c.    Formula recomendaciones y sugiere la aplicación de las medidas correspondientes cuando algún Coordinador y/o integrante de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana trasgreda las disposiciones establecidas en el presente Manual.

 

d.    Supervisa la documentación y registros de la Secretaría de Economía.

 

e.    Vela por el estricto cumplimiento del presente Manual.

 

f.     Es supervisado por el Coordinador General, el Promotor y/o Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social y el Comisario.

 

9.    Coordinador Zonal de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana

 

a.    Representa a las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de su zona ante el Coordinador General.

 

b.    Establece vínculos permanentes de enlace entre el Coordinador General, los Coordinadores de Juntas Vecinales ante la Comisaría, para mantener una alerta efectiva ante la amenaza de elementos al margen de la ley, en estricto respeto de los Derechos Humanos y el debido proceso. 

 

c.    Vela por el funcionamiento efectivo de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de su zona.

 

d.    Gestiona ante el Coordinador General el pedido para que el Comisario disponga las reuniones para instruir y capacitar a los Vecinos Vigilantes de las nuevas y de las ya existentes Juntas Vecinales en materia de Seguridad Ciudadana.

 

e.    Supervisa las actividades estipuladas para los Coordinadores de las Juntas Vecinales de su zona.

 

 

10. Coordinador de Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana

 

a.    Representa a la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana, que conforman los Vecinos Vigilantes.

 

b.    Conoce a los vecinos y sus familiares.

 

c.    Mantiene estrecha relación con el Coordinador Zonal de su jurisdicción en los aspectos relativos a la seguridad de su sector.

 

d.    Esta enterado de las novedades de su jurisdicción en materia de seguridad y comparte dicha información con sus vecinos.

 

e.    Contribuye con su accionar y participación al funcionamiento efectivo de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, en el marco del respeto irrestricto de los Derechos Humanos.

 

f.     Conoce las actividades laborales y horarios de trabajo de sus vecinos, para establecer contactos y medidas de seguridad específicas.

 

g.    Contribuye a la capacitación permanente de los integrantes de su Junta Vecinal.

 

h.    Da cuenta de las informaciones reservadas de los Vecinos Vigilantes al Promotor y/o Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social y Comisario respectivamente.

 

11. Del Secretario de la Junta Vecinal (Vecino Vigilante)

 

a.    Apoya a los Promotores Policiales de la respectiva Comisaría, para recabar las Fichas de Acreditación de los Vecinos Vigilantes y de los Coordinadores de Juntas.

 

b.    Comunica la fecha de las reuniones y coordinar la asistencia de los Vecinos Vigilantes.

 

c.    Prepara la agenda, en coordinación con el Promotor Policial y el Coordinador de Junta Vecinal, para las reuniones respectivas.

 

d.    Lleva al día el Cuaderno de Reuniones, en que se registra los acuerdos y sugerencias.

 

e.    Orienta la canalización de las informaciones reservadas de los Vecinos Vigilantes para su registro en la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría.

 

12. De los Vecinos Vigilantes

 

a.    Integra con sus vecinos la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana.

 

b.    Solicita al Coordinador de su Junta Vecinal para que realice las gestiones ante la Comisaría para recibir la capacitación en materia de seguridad ciudadana.

 

c.    Participa activamente en el funcionamiento efectivo de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana y en actividades preventivas de seguridad del vecindario, con el respeto a los Derechos Humanos.

 

d.    Comunica en forma reservada a la Comisaría de los hechos policiales que conozca.

 

e.    Efectúa propuestas viables para la implementación de acciones efectivas para neutralizar la delincuencia de acuerdo a la problemática específica de su jurisdicción     

    

D.   RELACIONES

 

1.    Las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú, se rigen por la Directiva que establece Normas y Procedimientos para la Organización y Funcionamiento del Sistema de la Familia y Participación Ciudadana de la Policía Nacional del Perú y el presente Manual.

 

2.    Mantienen estrecha relación con los Comités Cívicos de Cooperación con la Comisaría a través de la Vicepresidencia de Participación Ciudadana.

 

3.    A fin optimizar las relaciones y coordinaciones en los niveles de la DIRFAPACI-PNP (a nivel nacional), Región Policial (a nivel regional), Jefatura de División Policial o de Seguridad Ciudadana (a nivel provincial), o Comisaría Distrital (a nivel distrital), la autoridad Policial de mas alta graduación de dicha jurisdicción puede conformar un Consejo Consultivo Colegiado, en el que invitará según el caso o motivo  a los Coordinadores Generales de varias Comisarías de una determinada demarcación geográfica, para la ejecución de determinadas acciones o actividades funcionales.

 

 

 

 

CAPÍTULO V

 

REQUISITOS PARA INTEGRAR LAS JUNTAS VECINALES

 

A.   REQUISISTOS PARA SER MIEMBRO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA

Para integrar una Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana se requiere:

 

1.    Ser peruano de nacimiento o por naturalización o extranjero con dos años de residencia en el país.

2.    Mayor de edad.

3.    Tener pleno goce de sus derechos civiles.

4.    De reconocida honorabilidad.

5.    Residir o laborar en la localidad del lugar donde se conforma la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana.

 

B.   REQUISITO PARA SER COODINADOR DE LA JUNTA VECINAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y SECRETARIO

 

1.    Ser integrante de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana de su sector de residencia.

 

2.    Tener como mínimo un (01) año de antigüedad como Vecino Vigilante, inscrito en los registros de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría de su jurisdicción, según Resolución de reconocimiento, salvo que la Junta Vecinal sea de reciente creación, en cuyo caso cualquier integrante puede ser nominado.

 

3.    Ser designado por el Comisario, previa evaluación de su activa participación, liderazgo y ascendencia con los demás integrantes de la Junta Vecinal a la que pertenece.

 

C.   REQUISITOS PARA SER COORDINADOR ZONAL, SECRETARIO, SECRETARIO DE ECONOMÍA O FISCAL

 

1.    Ser Coordinador de Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana de su zona de residencia.

 

2.    Tener como mínimo un (01) año de antigüedad como Coordinador de Junta Vecinal, inscrito en los registros de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría de su jurisdicción, según Resolución de reconocimiento.

 

3.    Ser designado por el Comisario, previa evaluación de su activa participación, liderazgo y ascendencia entre los demás integrantes de la Junta Vecinal a la que pertenece.

 

D.   REQUISITOS PARA SER COORDINADOR GENERAL

 

1.    Ser Coordinador Zonal de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de la Comisaría de su jurisdicción.

 

2.    Tener como mínimo un (01) año de antigüedad como Coordinador Zonal de las Juntas Vecinales, inscrito en los registros de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría de su jurisdicción, según Resolución de reconocimiento.

 

3.    Ser elegido en reunión convocada y presidida por el Comisario, en un solo acto, en forma democrática y pública por los Coordinadores Zonales de la jurisdicción a la que pertenece.

 

E.   REQUISITOS PARA SER PROPUESTO COMO REPRESENTANTE DE LAS JUNTAS VECINALES DEL COMITÉ DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE SU JURISDICCIÓN

 

1.    Ser Coordinador General de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de la Comisaría de su jurisdicción, según Resolución de reconocimiento y ser propuesto como candidato por el Comisario de su jurisdicción.

 

2.    Ser elegido públicamente por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana entre las organizaciones de este tipo existentes en su jurisdicción, de acuerdo a los criterios que cada Comité establezca para su nominación.

 

CAPÍTULO VI

 

PROHIBICIONES Y SANCIONES

 

A.   P­ROHIBICIONES DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA

 

Los integrantes de las Juntas Vecinales están prohibidos de realizar las siguientes acciones:

 

1.    Violentar las leyes de la República.

2.    Excederse en el ejercicio de sus funciones y/o abusar del cargo y autoridad que la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana le confiere.

3.    No respetar los derechos y libertades ciudadanas.

4.    Aprovechar de su posición para resolver problemas personales u ocasionar actos de venganza.

5.    Actuar con resentimientos, rencillas y sectarismo.

6.    Ingresar a la propiedad privada sin que se den las circunstancias previstas en la ley.

7.    Usurpar funciones, facultades y atribuciones propias de la Policía Nacional del Perú.

8.    Fomentar el empleo de la fuerza y/o violencia, para amedrentar, amenazar o privar la libertad de las personas sospechosas, o  presuntas autoras de hechos delictuosos.

9.    Instigar, aconsejar, dirigir a otro(s) o por acción u omisión de sus actividades funcionales realice la  justicia por sus propias manos.

10. Emplear en forma ilegal cualquier tipo de arma.

11. Realizar actividades lucrativas, en el desempeño de sus funciones como integrantes de la Junta Vecinal.

12. Realizar actividades de políticas o proselitismo partidario.

 

B.   CESE DE LOS MIEMBROS Y COORDINADORES DE LAS JUNTAS VECINALES

 

1.    Por renuncia expresa y escrita presentada ante el Comisario respectivo, cesando en sus funciones y responsabilidades al momento en que éste tome conocimiento.

 

2.    Por pérdida de requisitos como integrante a la Junta Vecinal.

 

3.    Por inasistencia a tres reuniones continuas y a cinco alternas, no justificadas.

 

4.    Por privación de la libertad ordenada por un Juez.

 

5.    Por comisión de flagrante delito.

 

6.    Por sentencia judicial, con pena accesoria de recorte del ejercicio de los derechos civiles.

 

7.    Por suspensión :

 

a.    La suspensión procede cuando se haya infringido el cumplimiento de reglas de conducta, comportamiento, desacato a los acuerdos que consten en los libros y cuadernos respectivos adoptados por las Juntas Vecinales en reuniones y de cumplimiento de las disposiciones del presente Manual.

 

b.    Acordada por los dos tercios de los miembros presentes en reunión extraordinaria especialmente convocada al efecto:

 

(1)  Para el Coordinador General la reunión de los Coordinadores Zonales.

 

(2)  Para el Coordinador Zonal la reunión de los Coordinadores de Juntas Vecinales de su zona.

 

(3)  Para el Coordinador de Junta Vecinal y para el Vecino Vigilante la reunión de los integrantes de su Junta Vecinal.

 

c.    La suspensión tendrá un plazo de:

(1)  Por primera (01) vez, de una (01) semana.

(2)  Por segunda 02) vez, de un (01) mes.

 

d.    El que reincida en cometer infracciones por tercera (03) vez, habiendo sido sancionado las dos (02) primeras se procederá a su separación definitiva.

 

8.    Por separación definitiva

 

a.    Procede cuando se encuentre incurso en la causal señala en el numeral 7, inciso “d” de la presente disposición.

 

b.    Que el Vecino Vigilante o Coordinador haya realizado alguna grave acción que atente contra la moral, la imagen y prestigio de las Juntas Vecinales.

 

9.    Por incapacidad física o mental declarada por autoridad competente

 

10. Por término del periodo de su mandato.

 

11. Por fallecimiento.

 

CAPÍTULO VII

 

PROMOCIÓN, REGISTRO, RECONOCIMIENTO, JURAMENTACION E INSTALACIÓN DE LA JUNTA VECINAL Y DE LOS COORDINADORES.

 

A.   PROMOCIÓN

 

Los Promotores Policiales para promover la organización de nuevas Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana realizarán las siguientes acciones:

 

1.    Convocatoria de los vecinos líderes y/o dirigentes de organizaciones vecinales.

 

2.    Reuniones y actividades para sensibilizar a los vecinos sobre la importancia y necesidad de integrarse y conformar una Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana.

 

3.    Anotación en el Registro de Inscripción de los integrantes de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana de conformidad a los requisitos correspondientes, (ANEXO 06).

 

4.    Capacitación mediante el dictado de charlas sobre la materia.

5.    Formulación del Informe sobre la evaluación y resultado del ciclo de capacitación y el V° B° de la relación de ciudadanos que reúnen las condiciones para desempeñarse como “Vecino Vigilante”.

 

6.    Se formulará el Acta de Organización de la Junta Vecinal (ANEXO 02),

 

B.   PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE COORDINADORES DE JUNTAS VECINALES

 

1.    El Comisario, a través de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social tendrá actualizado el Registro de Inscripción de los Integrantes de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana.

 

2.    El Comisario designará como Coordinador de la Junta Vecinal, previa evaluación de su activa participación, liderazgo y ascendencia entre los demás integrantes de la Junta Vecinal a la que pertenece.

 

3.    El Comisario expide y firmará la Resolución de Reconocimiento (ANEXO 05) y se procederá al acto de juramentación (ANEXO 13), ante su Junta Vecinal.

 

C.   PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÒN DE COORDINADORES ZONALES

 

1.    El Comisario, a través de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social tendrá actualizado el Legajo de Resoluciones de Reconocimiento de los Coordinadores de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, en ejercicio.

 

2.    El Comisario designará, previa evaluación, de su activa participación, liderazgo y ascendencia al Coordinador Zonal entre los Coordinadores de las Juntas Vecinales de la zona.

 

3.    El Comisario expide y firma el acta y la Resolución de Reconocimiento (ANEXO 05) y se procederá al acto de juramentación (ANEXO 13), ante los Coordinadores de Juntas y Vecinos Vigilantes de las Juntas Vecinales de su zona.

 

D.   PARA LA ELECCIÓN DE COORDINADOR GENERAL, SECRETARIO, SECRETARIO DE ECONOMÍA Y FISCAL

 

El Comisario convocará y presidirá la reunión de los Coordinadores Zonales, en un solo acto el día, hora y lugar acordado, en la que se procederá de la siguiente forma:

 

1.    Apertura el Acta de instalación.

 

2.    Verifica la asistencia de los Coordinadores Zonales según el Registro proporcionado por la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría.

 

3.    Se aprueba la forma de elección.

 

4.    Apertura el acto de inscripción de listas de candidatos a Coordinador General, Secretario, Secretario de Economía y Fiscal.

 

5.    Presenta a los Candidatos, quienes tienen un tiempo pertinente para exponer sus propuestas y plan de trabajo.

 

6.    Se procede a la elección, en acto público.

 

7.    Levanta el acta de resultado en el que se proclama al Coordinador General, al Secretario, Secretario de Economía y Fiscal las Juntas Vecinales, que hayan obtenido la mayoría de votos.

 

8.    El Comisario expide y firma la Resolución de Reconocimiento (ANEXO 05) del Coordinador General de las Juntas Vecinales, del Secretario, Secretario de Economía y Fiscal, cuya fecha señala el inicio de sus actividades funcionales y que será tomada en cuenta para el cómputo del término de su ejercicio en el cargo.

 

9.    Se procede al acto de juramentación ante los Coordinadores e integrantes de las Juntas Vecinales de la jurisdicción Policial (ANEXO 13).

 

E.   PERIODO DE DURACIÓN DEL EJERCICIO DE COORDINADORES

 

1.    La duración del cargo de Coordinador de Junta Vecinal es de un (01) año calendario, fecha en que el Comisario hará la nueva designación.

                               

2.    La duración del cargo de Coordinador Zonal es de un (01) año calendario, fecha en que el Comisario hará la nueva designación.

 

3.    La duración del cargo de Coordinador General es de un (01) año calendario, días antes de cumplir dicha fecha se realizará la elección del nuevo Coordinador General.

 

F.    DE LA PROMOCIÓN Y CONTINUIDAD EN EL NUEVO CARGO

 

1.    Cuando un Coordinador de Junta Vecinal ha sido promovido para desempeñarse como Coordinador Zonal; o un Coordinador Zonal haya sido elegido como Coordinador General, la plaza vacante será inmediatamente cubierta por la nueva designación que realice el Comisario.

 

2.    El plazo del ejercicio del nuevo cargo se inicia a partir de la fecha de la designación o elección, según el caso por el periodo de un (01) año.

 

3.    En el caso que un Coordinador General de las Juntas Vecinales promovidas por la PNP sea el representante de las Juntas Vecinales ante el Comité Distrital o Provincial de Seguridad Ciudadana, el Comisario Distrital de esa demarcación territorial tendrá en cuenta el tiempo del periodo de permanencia en el cargo que haya aprobado dicho Comité, plazo que será respetado para garantizar la representatividad de indicado Coordinador.

 

G.   DE LA  NUEVA DESIGNACIÓN, REELECCIÓN Y DE FUTURAS POSTULACIONES PARA LOS CARGOS DE COORDINADORES

 

1.    Los Coordinadores de Juntas Vecinales y los Coordinadores Zonales, podrán ser nuevamente designados por el Comisario por una sola vez, luego del ejercicio de su primer periodo.

 

2.    Los Coordinadores Generales podrán ser reelegidos por una sola vez, luego de su primer periodo.

 

3.    Para la plena vigencia del presente Manual en relación a este tema debe contemplarse lo señalado en las Disposiciones Transitorias del presente Manual.

 

4.    En todo caso podrán ser nuevamente considerados como candidatos, solo, pasado un periodo de su ejercicio como Coordinador.

 

H.   REGISTRO Y RECONOCIMIENTO

 

1.    La Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana, para su funcionamiento debe ser inscrita en el Registro correspondiente de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la respectiva Comisaría, con indicación de la fecha de creación, relación de sus integrantes y Coordinadores respectivos,

 

2.    El Comisario expedirá y firmará las “Resoluciones” de:

 

                 a.   Creación de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana.

                 b.   Los integrantes de la Junta Vecinal

                  c.   Reconocimiento de los Coordinadores en la que se registra la fecha de inicio y término del periodo de ejercicio de los respectivos cargos.

 

3.    Copia de la Resolución que se expida, será remitida al Área de Participación Ciudadana de las respectivas Regiones Policiales, las que luego de consolidarlas en una relación la remitirá a la Dirección de la Familia y Participación Ciudadana de la PNP para fines de registro.

 

I.      JURAMENTACIÓN E INSTALACIÓN (ANEXO 13).

 

1.    Una vez constituida una nueva Junta Vecinal, el Comisario procederá a la designación y juramentación de su Coordinador y de los Vecinos Vigilantes.

 

2.    Producida la designación o la elección del Coordinador, según el caso y de conformidad a un Cronograma establecido por el Comisario, se procederá a su juramentación en forma descentralizada, para optimizar y darle continuidad a su funcionamiento, el mismo que se realizará en acto público presidido por el funcionario policial de más alta jerarquía de la jurisdicción territorial, pudiendo invitar a los miembros del Comité Provincial o Distrital de Seguridad Ciudadana y a las autoridades del lugar de conformidad al Programa señalado (ANEXO 13).

 

3.    En el caso que amerite se programará ceremonias de juramentación conjuntas.

 

CAPÍTULO VIII

 

DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y DEL PATRIMONIO

 

A.   DEL RÈGIMEN ECONÓMICO

Las donaciones, legados, recursos que provengan de la cooperación de organismos nacionales e internacionales, así como las contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de acuerdo a las normas legales vigentes (ANEXO 12).

 

B.   DEL PATRIMONIO

Estará constituido por:

 

1.    Todos los bienes muebles e inmuebles que se reciban en calidad de donación o que se encuentre a su nombre.

 

2.    En ningún caso los bienes de la organización serán repartidos.

 

CAPITULO IX

 

PROCEDIMIENTOS DEL ACCIONAR DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA PROMOVIDAS POR LA PNP

 

A.   REGLAS A SEGUIR

 

1.    Las actuaciones de los miembros de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana deberán estar enmarcados en el respeto irrestricto de derechos y de las garantías constitucionales, en el debido proceso, estado de derecho y acatamiento de toda norma que protege o ampara el desarrollo integral o dignidad de la persona.

 

2.    Toda información que se proporcione al personal de Promotores Policiales, deberá ser registrada y recibir un tratamiento “RESERVADO” en la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría de su jurisdicción sobre lo siguiente:

 

a.    Hechos policiales que conozca.

b.    Todo tipo de violencia

c.    Lugares, personas, horarios y modalidades que se dediquen:

(1)  Tráfico ilícito.

(2)  Microcomercialización de drogas.

(3)  Prostitución Clandestina.

(4)  Pandillaje pernicioso.

(5)  Juegos de azar mediante apuestas en lugares públicos y privados no autorizados expresamente.

(6)  Contrabando, estafadores o timadores.

(7)  Actividades de proselitismo o actividades relacionadas con el terrorismo.

(8)  Sospechosos que son utilizados para esconder a personas secuestradas o desaparecidas.

d.    Lugares que sirven de fumaderos, guarida de vagos o para esconder a niños y/o adolescentes que se han fugado de su hogar, como escondites utilizados por presuntos malhechores o para ejercer el meretricio clandestino.

e.    Lugares en donde se vende o se permite consumir a menores de edad, licor, fármacos, material pornográfico, tales como tiendas, bares, cantinas, pimbols, cabinas de internet, cines, discotecas, hostales, cabarets, etc.

f.     Lugares en donde se realizan fiestas, peñas, show, espectáculos u otros acontecimientos, en los que se emplee equipo de sonido con alto volumen, cuya potencia de sonido atenta contra la tranquilidad pública.

g.    Lugares en los que se susciten desorden o escándalo.

h.    Lugares en donde se venden, compran y/o comercialicen cosas o materiales robados o de dudosa procedencia.

i.      Locales o negocios de atención al público que no cuenten con licencia de funcionamiento

j.      Locales, cantinas, bares, restaurantes, negocios de venta de bebidas alcohólicas, etc., en donde no se cumplan correctamente los horarios de funcionamiento.

k.    Información sobre accidentes de tránsito, vehículos que se han dado a la fuga: número de placa, color características y/o lugar de ocultamiento.

l.      Cuando en su sector circule un vehículo sospechoso, se anotará la placa y si es taxi la empresa y otras características especiales.

m.  Cuando algún vecino se cambie de domicilio en forma clandestina, anotando la placa y características del vehículo empleado para el traslado.

n.    Cuando se encuentren personas deteriorando los bienes y edificios públicos o privados.

o.    Cuando se presente un incidente con una persona en estado normal o en estado de ebriedad y/o portando armas, poniendo en inminente peligro la seguridad e integridad física de los habitantes.

p.    Cuando constate casos de robo o hurto de ganado.

q.    En lo referente a lugares o áreas oscuras, que necesiten iluminación o edificios públicos deteriorados, calles  sin buzones de desagüe o que estén obstaculizadas con material de construcción, parques sucios u otras situaciones similares para las acciones que correspondan.

r.     U otros que amerite ser conocido por la Policía.

 

3.    En caso que se encuentre un vehículo abandonado o una vivienda que a simple vista se determine que ha sido objeto de violencia en sus puertas, ventanas o techos, etc. no tocar, ni manipular objeto alguno, aislar la zona, para no borrar o inutilizar alguna evidencia o huella, mientras da cuenta o llega la Policía.

 

4.    Cualquier inconducta de un miembro de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana deberá ser sancionada de acuerdo a lo prescrito en la presente Manual.

 

5.    En casos de desastre natural organizará a su Junta para enfrentar la situación, de conformidad a los lineamientos que dé el Comisario y a la vez pedirá el apoyo a la Municipalidad o Comité de Defensa Civil que corresponda.

 

6.    Para pedir ayuda a los vecinos deberán usar el silbato, alarmas, sirenas como medida de alerta.

 

7.    Tomar sus decisiones en forma colegiada.

 

B.   APOYO LOGISTICO

 

Cada Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana se procurará los siguientes medios de apoyo:

 

1.            Equipo

 

a.    Identificación (Credencial de identificación interna expedido por la Comisaría)

b.    Chaleco 

c.    Silbato

d.    Linterna de mano

e.    Gorra

 

2.         Suplementos de ayuda (Dependiendo de la disponibilidad)

 

a.        Cámara fotográfica

b.        Cámara de video

c.         Grabadora

d.        Libreta

e.        Lápiz

f.          Radio comunicador (walkie - talkie)

g.        Guía telefónica (teléfonos de emergencia)

h.        Teléfonos celulares

i.          Teléfono fijo

j.          Botiquín de primeros auxilios.

 

CAPITULO X

 

INFORMACIÓN Y CAPACITACIÓN SOBRE SEGURIDAD CIUDADANA

 

A.   Toda información relacionada a seguridad ciudadana será absuelta en forma general por el personal Policial y en forma específica por el personal de Promotores de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría.

 

B.   La capacitación se llevará a cabo en las Secciones de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría mediante el denominado "Curso para Juntas Veci­nales", en donde se orientará e instruirá adecuadamente a los Vecinos Vigilantes de las Juntas Vecinales, Coordinadores y personas representativas de la comunidad en aspectos preventivos de seguridad, mediante:

 

1.    Seminarios, talleres, charlas y conversatorios sobre:

 

a.    Legislación de Seguridad Ciudadana.

b.    Cartilla de Seguridad "Vecino Vigilante".

c.    Sistema Policial de la Familia y Participación Ciudadana.

d.    Manual de Procedimientos para la Organización y Funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de las Comisarías Promovidas por la PNP.

e.    Violencia familiar, juvenil, hacia la mujer y el niño.

f.     Programas preventivos de las DIRFAPACI-PNP.

g.    Prevención, promoción y protección del niño, adolescente.

h.    Actividades de proyección social y acciones cívicas.

 

2.    Sobre las clases de información Policial y las formas de transmitirlas por radio, teléfono y por otros medios disponibles.

 

3.    Acciones específicas a implementar en sus zonas, de acuerdo con la problemática de cada jurisdicción.

 

4.    Actividades y tareas específicas de seguridad vecinal para neutralizar la amenaza delincuencial.

 

CAPITULO XI

 

EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES

 

A.   Identificar y comunicar a la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de las Comisarías los problemas específicos de inseguridad, ma­yor riesgo o incidencia delictiva en sus sectores, para lograr su neutralización o erradicación.

 

B.   Programar y ejecutar actividades y tareas específicas para contribuir preventivamente a la seguridad vecinal de su sector, pudiendo considerar las acciones siguientes:

 

1.    Uso de Silbatos

 

Es una forma rápida de comunicación y un medio econó­micamente accesible para implementar un sistema preven­tivo de seguridad, bajo parámetros previamente estableci­dos, por ejemplo:

 

-       Un toque de silbato de fuerte intensidad, puede anunciar la presencia de una persona sospechosa.

-       Dos toques de silbato de fuerte intensidad, puede anun­ciar la presencia de un vehículo sospechoso.

-       Tres o más toques  de silbato de fuerte intensidad puede anun­ciar a los vecinos el ingreso a un domicilio de probables delincuentes.

 

Los vecinos al escuchar estas llamadas de advertencia debe­rán reaccionar en forma masiva tocando fuerte y simultánea­mente sus silbatos, para provocar sorpresa y desconcierto en el intruso y disuadirlo de actuar. Dicho sistema puede ser complementado, si el caso lo amerita, con una llamada tele­fónica o radial a la Comisaría de su jurisdicción para que acuda personal Policial en su ayuda.

 

2.    Puesta en funcionamiento de la "Cadena Telefónica de Seguridad"

Es una forma efectiva de relación interpersonal que permite una comunicación rápida entre los vecinos, para cuyo efecto a cada hogar se le asignará los nombres y números telefónicos de sus vecinos para que se comuniquen entre ellos y transmitan men­sajes cortos, cuando sea necesario, informado los hechos que motiven sospechas, problemas o riesgos.

 

Esta cadena debe funcionar en círculo, es decir, las últimas per­sonas que reciben las llamadas deben comunicarse con los pri­meros y reaccionar en forma conjunta cuando sea necesario, pren­diendo luces, abriendo ventanas, usando silbatos y empleando alarmas si es que las hubiere.

 

3.    Uso de Sirenas y Circulinas

 

Para que este sistema funcione con éxito, el dispositivo deberá ser instalado en lugares o sectores bien protegidos y activado oportunamente.

 

Dicho sistema se puede complementar con el uso masivo de los silbatos y la llamada telefónica o radial a la Comisaría de la juris­dicción.

 

4.    Instalación de Alarmas

 

Al igual que las sirenas y circulinas, un sistema de alarma colec­tivo puede ser instalado en lugares estratégicos de varias vivien­das y activada mediante pulsadores instalados en los domici­lios, ante el ingreso de elementos al margen de la ley.

 

5.    Banda de Radio - Ciudadana

 

La "Banda de Radio - Ciudadana" funciona mediante la instalación de una central de radio en la Comisaría de la jurisdicción y los radios transmisores receptores distribuidos en las diferentes Juntas Vecinales, para que éstas, de acuerdo a turnos establecidos, informen a la dependencia policial de situa­ciones consideradas de emergencia. Este sistema puede ser es­tablecido sobre todo en jurisdicciones que carezcan de telefonía fija domiciliaria.

 

6.    Patrullaje Preventivo Conjunto entre la Policía y las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.

 

a.    Este tipo de patrullaje es eminentemente preventivo.

b.    Solo se debe realizar con autorización expresa del Comisario y debe contar obligatoriamente con la presencia de la Policía.

c.    El propósito es disuadir y evitar el desarrollo de actos que atente contra el orden, seguridad y tranquilidad públicas y/o se cometan actos ilícitos.

d.    En todo caso debe realizarse teniendo en cuenta el respeto irrestricto de los Derechos Humanos.

e.    Este Patrullaje se realiza de la siguiente forma:

 

(1)  El Comisario determinará las zonas de Patrullaje Preventivo Conjunto.

 

(2)  El Comisario dispondrá la formulación y aprobará el Plan de Operaciones, las Órdenes de Operaciones y los Roles de Servicios correspondientes, a cargo del Departamento de Prevención en coordinación y enlace con la Sección de Patrullaje Policial y la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría.

 

(3)  Se convocará en forma voluntaria a los “Vecinos Vigilantes” de la Junta Vecinal para que participen en el Patrullaje Preventivo Conjunto.

 

(4)  Sus desplazamientos son en forma conjunta con el personal Policial y sin portar armas, ni objetos contundentes.

 

(5)  Es importante reiterar que en ningún momento los vecinos deberán desplazarse solos, debiendo hacerlo úni­camente acompañados de efectivos Policiales, para evitar sean objeto de probables provocaciones y/o agresiones.

 

(6)  Bajo ninguna circunstancia se participará en enfrentamiento alguno, en dicho caso el personal Policial asume la intervención, siendo los únicos responsables de las medidas y disposiciones Policiales que el caso amerite, solicitando el apoyo o refuerzos Policiales que sean necesarios, por los medios más rápidos.

 

7.    Servicio Policial Individualizado

Esta modalidad de “Servicio Policial Individualizado” funciona mediante el concur­so de personal Policial de vacaciones que pueda prestar servicio Policial en urbanizaciones o sectores poblacionales que así lo requieran, previo convenio suscrito de conformidad a disposiciones sobre el particular.

 

8.    Adquisición de vehículos de apoyo para el Patrullaje Policial Preventivo

Con la finalidad de reforzar el Patrullaje Motorizado de la Comi­saría, los vecinos integrantes de las Juntas Vecinales de una urbanización o sectores poblacionales, se pueden organizar y por capacidad de gestión, adquirir vehículos (automóviles, motocicletas, mototaxis, bicicletas) en coordinación con el Co­mité Cívico de Cooperación de la Comisaría de su jurisdicción, con la finalidad de que Personal Policial de vacaciones de la Comisaría pueda prestar “Ser­vicio Policial Individualizado”, realizando Patrullaje Motorizado exclusivamente dichas zonas, previo convenio suscrito de conformidad a disposiciones vigentes.

 

CAPÍTULO XII

 

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

 

A.   En los casos en que los Coordinadores Zonales o de Junta Vecinal tengan más de dos años en el ejercicio del cargo, a la fecha de dación del presente Manual, el Comisario tiene plazo de no mayor de sesenta (60) días, para ratificar o designar al nuevo Coordinador Zonal o Coordinador de Junta Vecinal.

 

B.   En los casos en que los Coordinadores Generales tengan más de dos años en el ejercicio del cargo, a la fecha de dación del presente Manual, el Comisario tiene plazo de no mayor de sesenta (60) días, para convocar a la reunión de Coordinadores Zonales para proceder a la elección correspondiente.

 

C.   Por única vez los Coordinadores de los diferentes niveles de las Juntas Vecinales que se encuentran en actividad a la fecha, podrán participar en el proceso de designación o elección del 2004, luego de este periodo no podrán ser nuevamente designados o reelegidos.

 

 

 

ANEXO 01    DEFINICIÓN DE TERMINOS (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ).----------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

 

Para la aplicación de estas disposiciones, se entenderá por:

 

1.    Seguridad Ciudadana

      Acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacifica, la erradicación de la violencia y la utilización pacifica de las vías y espacio público. Del mismo modo contribuir a la prevención de delitos y faltas.

 

2.    Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana – SINASEC

      Organismo sistémico, con jurisdicción a nivel nacional, que tiene por objeto coordinar eficazmente la acción del Estado en materia de seguridad ciudadana y promover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz social.

 

3.    Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana - CONASEC

      Máximo organismo encargado de la formulación, conducción y evaluación de las políticas de seguridad ciudadana, con autonomía funcional y técnica; dependiente de la Presidencia de la República y presidido por el Ministro del Interior.

 

4.    Secretaría Técnica del CONASEC

      Órgano técnico ejecutivo y de coordinación, encargado de proponer al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana la política, los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana para su aprobación, así como realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución de las acciones aprobadas a nivel nacional. Contará con profesionales, técnicos y especialistas en temas de seguridad ciudadana. La Secretaría Técnica está a cargo del Ministerio del Interior, para cuyos efectos se constituirá en una Unidad Ejecutora del Pliego del Ministerio del Interior.

 

5.    Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana

      Organismos encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñado por el CONASEC. Igualmente supervisan y evalúan su ejecución.

 

6.    Dirección de la Familia y Participación Ciudadana  de la Policía Nacional del Perú – DIRFAPACI-PNP

Órgano de Apoyo, de carácter sistémico, técnico, normativo y ejecutivo, que tiene por misión promover, tanto la participación activa y organizada de la comunidad, como generar en el personal Policial cambios positivos en sus actitudes y comportamiento, en todo el territorio nacional, a través de la dación de legislación interna, desarrollando programas y actividades de prevención, promoción, protección, proyección social y acciones cívicas en bien de la población y en especial de la niñez, adolescencia, juventud, mujer y familia, así como en materia de Policía Comunitaria, Seguridad y Participación Ciudadana; para apoyar a la Institución Policial, en un esfuerzo por mejorar los niveles de orden, tranquilidad y seguridad, que posibiliten la paz social y permitan fortalecer la relación Ciudadanía – Policía.

 

7.    Comisaría

      Célula básica orgánica de la Policía Nacional del Perú que tiene por misión garantizar la seguridad ciudadana en la circunscripción territorial que le ha sido designada, en el marco de los principios de la Policía Comunitaria.

 

8.    Departamento de Prevención

      Órgano ejecutivo de la Comisaría que promueve la participación ciudadana acorde con la Ley y Reglamento del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y Política del Comando, asimismo es responsable del patrullaje policial y apoyo a la justicia.

 

9.    Sección de Participación Ciudadana  y Proyección Social

      Sub-Unidad de la Comisaría, dependiente del Departamento de Prevención, que viabilizan la participación activa y organizada de la comunidad, orientando, motivando y ejecutando acciones para lograr el apoyo de la colectividad, mediante la aplicación de programas y actividades de acción cívica y proyección social; especialmente promoviendo, organizando, capacitando y teniendo la responsabilidad del funcionamiento de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana a fin de contribuir a mejorar los niveles de orden y seguridad en sus respectivas jurisdicciones.

 

10. Participación Ciudadana

      Es la cooperación activa y organizada de la ciudadanía con la Policía, para resolver conjuntamente, los problemas policiales de su jurisdicción.

 

11. Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana

      Las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la PNP, son agrupaciones comunales y vecinales, de ciudadanos, que se organizan en forma voluntaria y solidaria, que contribuyen al accionar de la Policía para mejorar los niveles de orden y seguridad de sus respectivas jurisdicciones y están integra­das por personas  honorables que residen o laboran en una misma cuadra, manzana, sector, barrio, conjunto habitacional, edificio, urbanización, localidad, Asentamiento Humano, Pueblo Joven, Comunidad Campesina o Nativa. Constituyen la célula básica de organización de participación de la población para la Seguridad Ciudadana.

 

 

12. Vecino Vigilante

      Es el ciudadano, con altos valores cívicos, que en forma voluntaria integra y participa en forma activa en la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana; capacitado por la PNP en las disposiciones elementales y básicas sobre la materia y en los procedimientos preventivos de seguridad y la forma  de apoyar y colaborar con la Policía para contribuir a elevar los índices de orden y seguridad de su respectivo domicilio, cuadra, manzana, sector, barrio, conjunto habitacional, edificio, urbanización, localidad, Asentamiento Humano, Pueblo Joven, Comunidad Campesina o Nativa.

 

13. Organización Vecinal para la Seguridad Ciudadana

      Es el conjunto de Juntas Vecinales, Asociaciones e instituciones integrantes de la sociedad civil que voluntariamente se integran a la Comisaría de su jurisdicción, para contribuir a la seguridad ciudadana.

 

14. Policía Comunitaria

La conceptualización básica de la policía comunitaria, constituye una filosofía y estrategia institucional que establece un puente entre la policía y el pueblo para trabajar mancomunadamente en la identificación, priorización y solución de problemas sociales asociados a la labor policial ( consumo y venta de drogas, violencia juvenil, violencia familiar; así como los diversos desordenes sociales que establecen las inconductas de las personas). Debe entenderse básicamente como el policía solidario, integrado a la comunidad a la cual sirve, promotor de nuevas actitudes en el ciudadano, ciudadano referente, conciliador, tuitivo y todo aquello que permita consolidar una cultura de la certeza social que posibilite realizar el valor seguridad como camino seguro hacia el logro del valor justicia. Su finalidad fundamental es promover un clima de paz, sustentado en la necesidad de mantener la indemnidad de las personas, tanto en su vida, bienes, como en el ejercicio de sus libertades y derechos.

Principios :

a.   El Policía representa a la Ley y el Orden, desde la perspectiva de la prevención proactiva, orientada en la conciliación.

  1. Es consciente de que se debe a la comunidad y es la razon sociológica de su existencia institucional.
  2. Tiene un Liderazgo social que parte del cumplimiento de la función policial y se proyecta a solucionar los problemas sociales de su comunidad.
  3. Es una filosofía de vida y cultura organizativa.
  4. Se orienta en la cultura de paz, del humanismo, la cultura de la humanidad y la cultura social.

 

 

ANEXO 02    ACTA DE CREACIÓN DE JUNTAS VECINALES (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ).------------------------------------------------------------------------

 

 

ACTA DE CREACIÓN DE JUNTA VECINAL

 

En San Juan de Lurigancho, siendo las 19:00 horas del 01 de febrero de 2004, presentes:

 

-       El Comisario, Comandante PNP Pedro REYNOSO SILVA, identificado con CIP. Nº 194638.

-       El Oficial Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social, Teniente PNP Juan GODINES RICALDI, identificado con CIP. Nº 235672.

-       EL Promotor Policial de Juntas Vecinales, Suboficial Técnico de 3era. PNP Graciela NUÑEZ DE PEREZ, identificada con CIP Nº 986537.

-       y los abajo firmantes,

 

Reunidos en la Comisaría de Zárate, se procedió a levantar la presente ACTA DE CREACIÓN DE LA JUNTA VECINAL DE LA CDRA. 6 DE LA AV. LOS PROCERES DE LA INDEPENDENCIA – CHACARITAS, conforme se detalla:

 

1.     El Oficial Jefe de la Sección de Participación Ciudadana hizo conocer un diagnóstico de la situación de la seguridad en la jurisdicción y de la necesidad que los vecinos se unan, para que con las autoridades locales y su Policía, contribuyan con información y en las actividades preventivas  a mejorar los niveles de orden y seguridad en la comunidad.

2.     Los ciudadanos que participan, opinaron lo siguiente…………..

3.     El Promotor Policial, procedió a dar lectura en la parte que respecta el contenido del Manual de Procedimientos para la Organización y Funcionamiento de las Juntas Vecinales promovidas por la PNP.

4.     Habiendo consenso para la formación de la Junta Vecinal se procedió a su constitución por aclamación.

5.     El Comisario, entre los vecinos participantes procedió a la  designación como Coordinador de la presente Junta Vecinal al Sr. Enrique DENEGRI BARRÓN, de 43 años de edad, identificado con DNI Nº 65547688, domiciliado en la Av. Los Próceres de la Independencia Nº 654 – Chacaritas – San Juan de Lurigancho.

6.     El Comisario felicitó a los presentes por sus altos valores cívicos, concluyó diciendo “que  la población, sus autoridades locales y su Policía juntos lograremos una verdadera Seguridad Ciudadana” y procedió a declarar creada la Junta Vecinales de la cdra. 6 de la Av. Próceres de la Independencia – Chacaritas - San Juan de Lurigancho.

 

Y para que conste se levanta la presente acta, la que será transcrita al Libro (o cuaderno) de Reuniones, siendo las 21:00 horas aproximadamente del día de la fecha, firmando al pie su conformidad los presentes.

 

    EL COMISARIO

 

-----------------------------      -----------------------------      -----------------------------

                               (firma)                                   (firma)                                   (firma)

 

-----------------------------      -----------------------------      -----------------------------

                        (firma)                                   (firma)                                   (firma)

 

-----------------------------      -----------------------------      -----------------------------

                        (firma)                                   (firma)                                   (firma)

ANEXO 03    MODELO DE RESOLUCIÓN DE CREACIÓN DE LA JUNTA VECINAL (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ).----------------

 

Resolución de la Comisaría Nº ____

Lima, 30 de marzo de 2004.

 

Visto, el Informe Nº 25-2003-CZ/SPCYPS, de 15MAR04 en el que se da cuenta del término de la capacitación realizada por la PNP a los vecinos de la Cdra. 6 de la Av. Los Próceres de la Independencia – Chacaritas- San Juan de Lurigancho, mediante el cual se propone la creación de Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana.

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el artículo Nº 7, Numeral 3º de la Ley de la Policía Nacional del Perú Nº 27238, del 21DIC99, establece como función de la PNP el garantizar la seguridad ciudadana. Capacita en esta materia a las entidades vecinales organizadas.

 

Que, el artículo Nº 17, inciso b de la Ley Nª 27933 del 11FEB03 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala como una de las funciones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales, el promover la organización de las Juntas Vecinales de su jurisdicción.

 

Que, el artículo Nº 9 del Reglamento de la Ley de la PNP, indica como una de las funciones de la Policía Nacional, la de garantizar la seguridad ciudadana mediante acciones de prevención, investigación, apoyo, orientación y protección a la comunidad.  Para tal fin, organiza y capacita a las entidades vecinales con el propósito de lograr su efectiva participación, manteniendo estrecha coordinación con las autoridades del lugar y otras organizaciones civiles.

 

Que, los artículos Nº 20 y 26 en sus incisos “d” respectivamente del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala como funciones y atribuciones del Comité Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana el promover la organización y capacitación de las juntas vecinales de seguridad ciudadana que desarrollan la Oficina de Participación Ciudadana Vecinal del Municipio y/o las Oficinas (Secciones) de Participación Ciudadana de las Comisarías de su ámbito de competencia territorial, procurando que dichas actividades sen integradas. Asimismo en su artículo Nº 21 inciso “b” del Jefe Provincial o Comisario Provincial y artículo 27 inciso “b” del Comisario Distrital, establece como una de sus funciones específicas la de organizar y capacitar a las juntas vecinales en aspectos de seguridad ciudadana, a través de la Oficina (Sección) de Participación ciudadana de la Comisaría y en estrecha coordinación con la Oficina de Asuntos Vecinales del Municipio.

 

Que, de conformidad a lo dispuesto en el Manual de Procedimiento de Organización y Funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana Promovidas por la PNP.

 

Lo propuesto por el Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría Distrital de Ate – Vitarte.

 

SE RESUELVE:

 

Artículo Único.- Reconocer la fecha de la presente Resolución como la de creación de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana de la Mz. “S”, del Asentamiento Humano Horacio Zevallos de la Comunidad Autogestionaria de Huaycán de  la Comisaría Distrital de Ate – Vitarte.

 

                                                    Regístrese, Comuníquese y Archívese.

                                                                                                                         ___________________________

Firma y Post Firma del Comisario

 

 

 

ANEXO 04    MODELO DE RESOLUCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA VECINAL DE SEGURIDAD CIUDADANA, PROMOVIDA POR LA PNP (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ).----------------

 

Resolución de la Comisaría Nº ____

Lima, 30 de marzo de 2004.

 

Visto, el Informe Nº 26-2003-CZ/SPCYPS, de 15MAR04 en el que se da cuenta del término de la capacitación realizada por la PNP a los vecinos de la Cdra. 6 de la Av. Los Próceres de la Independencia – Chacaritas- San Juan de Lurigancho, mediante el cual se propone la creación de Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana.

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el artículo Nº 7, Numeral 3º de la Ley de la Policía Nacional del Perú Nº 27238, del 21DIC99, establece como función de la PNP el garantizar la seguridad ciudadana. Capacita en esta materia a las entidades vecinales organizadas.

 

Que, el artículo Nº 17, inciso b de la Ley Nª 27933 del 11FEB03 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala como una de las funciones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales, el promover la organización de las Juntas Vecinales de su jurisdicción.

 

Que, el artículo Nº 9 del Reglamento de la Ley de la PNP, indica como una de las funciones de la Policía Nacional, la de garantizar la seguridad ciudadana mediante acciones de prevención, investigación, apoyo, orientación y protección a la comunidad.  Para tal fin, organiza y capacita a las entidades vecinales con el propósito de lograr su efectiva participación, manteniendo estrecha coordinación con las autoridades del lugar y otras organizaciones civiles.

 

Que, los artículos Nº 20 y 26 en sus incisos “d” respectivamente del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala como funciones y atribuciones del Comité Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana el promover la organización y capacitación de las juntas vecinales de seguridad ciudadana que desarrollan la Oficina de Participación Ciudadana Vecinal del Municipio y/o las Oficinas (Secciones) de Participación Ciudadana de las Comisarías de su ámbito de competencia territorial, procurando que dichas actividades sen integradas. Asimismo en su artículo Nº 21 inciso “b” del Jefe Provincial o Comisario Provincial y artículo 27 inciso “b” del Comisario Distrital, establece como una de sus funciones específicas la de organizar y capacitar a las juntas vecinales en aspectos de seguridad ciudadana, a través de la Oficina (Sección) de Participación ciudadana de la Comisaría y en estrecha coordinación con la Oficina de Asuntos Vecinales del Municipio.

 

Que, de conformidad a lo dispuesto en el Manual de Procedimiento de Organización y Funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana Promovidas por la PNP.

 

Lo propuesto por el Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría Distrital de Ate – Vitarte.

 

SE RESUELVE:

 

Artículo Único.- Reconózcase como integrantes de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana de la Mz. “S”, del Asentamiento Humano Horacio Zevallos de la Comunidad Autogestionaria de Huaycán de  la Comisaría Distrital de Ate – Vitarte a los siguiente ciudadanos:

 

01. CANCHIS SANEZ Félix              DNI Nº 12345637

02. CASTRO PAEZ Julia                   DNI Nº 45379265 (siguen nombres)

 

                                                    Regístrese, Comuníquese y Archívese.

 

___________________________

Firma y Post Firma del Comisario

ANEXO 05    MODELO DE RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE LOS COORDINADORES (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ).----------------

 

Resolución de la Comisaría Nº ____

Lima, 30 de marzo de 2004.

 

Visto, el Informe Nº 25-2003-CZ/SPCYPS, de 15MAR04 en el que se da cuenta del término de la capacitación realizada por la PNP a los vecinos de la Cdra. 6 de la Av. Los Próceres de la Independencia – Chacaritas- San Juan de Lurigancho, mediante el cual se propone la creación de Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana.

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el artículo Nº 7, Numeral 3º de la Ley de la Policía Nacional del Perú Nº 27238, del 21DIC99, establece como función de la PNP el garantizar la seguridad ciudadana. Capacita en esta materia a las entidades vecinales organizadas.

 

Que, el artículo Nº 17, inciso b de la Ley Nº 27933 del 11FEB03 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala como una de las funciones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales, el promover la organización de las Juntas Vecinales de su jurisdicción.

 

Que, el artículo Nº 9 del Reglamento de la Ley de la PNP, indica como una de las funciones de la Policía Nacional, la de garantizar la seguridad ciudadana mediante acciones de prevención, investigación, apoyo, orientación y protección a la comunidad.  Para tal fin, organiza y capacita a las entidades vecinales con el propósito de lograr su efectiva participación, manteniendo estrecha coordinación con las autoridades del lugar y otras organizaciones civiles.

 

Que, los artículos Nº 20 y 26 en sus incisos “d” respectivamente del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala como funciones y atribuciones del Comité Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana el promover la organización y capacitación de las juntas vecinales de seguridad ciudadana que desarrollan la Oficina de Participación Ciudadana Vecinal del Municipio y/o las Oficinas (Secciones) de Participación Ciudadana de las Comisarías de su ámbito de competencia territorial, procurando que dichas actividades sen integradas. Asimismo en su artículo Nº 21 inciso “b” del Jefe Provincial o Comisario Provincial y artículo 27 inciso “b” del Comisario Distrital, establece como una de sus funciones específicas la de organizar y capacitar a las juntas vecinales en aspectos de seguridad ciudadana, a través de la Oficina (Sección) de Participación ciudadana de la Comisaría y en estrecha coordinación con la Oficina de Asuntos Vecinales del Municipio.

 

Que, de conformidad a lo dispuesto en el Manual de Procedimiento de Organización y Funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana Promovidas por la PNP.

 

Lo propuesto por el Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría Distrital de Ate – Vitarte.

 

SE RESUELVE:

 

Artículo Único.- Reconocer como Coordinador de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana de la Mz. “S”, del Asentamiento Humano Horacio Zevallos de la Comunidad Autogestionaria de Huaycán de  la Comisaría Distrital de Ate – Vitarte, al Sr. Pedro HERNADEZ FLORES, identificado con DNI 87584732, que inicia el ejercicio de sus funciones a partir de la fecha de la presente Resolución, hasta el 30 de marzo 2005.

 

                                                    Regístrese, Comuníquese y Archívese.

 

 

___________________________

Firma y Post Firma del Comisario

 

NEXO 06     MODELO DE REGISTRO DE INSCRIPCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA VECINAL DE SEGURIDAD CIUDADANA (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ).--------------------------

 

 

ANEXO 07    MODELO DE REGISTRO DE RESOLUCIONES (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ).---------------------------------------

 

 

 

FECHA

DE

RESOLUCIÓN

CONTENIDO

FECHA DE TÉRMINO DE VIGENCIA

OBS.

D

M

A

D

M

A

 

01

01

FEB

04

01-2004-CSJL

CREACIÓN DE LA JUNTA VECINAL DE LA CDRA. 6 DE LA AV. LOS PROCERES DE LA INDEPENDENCIA – CHACARITAS SAN JUAN DE LURIGANCHO

--

--

--

 

02

01

FEB

04

02-2004-CSJL

Designación como Coordinador de la presente Junta Vecinal al Sr. Enrique DENEGRI BARRÓN, de 43 años de edad, identificado con DNI Nº 65547688, domiciliado en la Av. Los Próceres de la Independencia Nº 654 – Chacaritas – San Juan de Lurigancho.

01

FEB

05

 

03

15

FEB

04

03-2004-CSJL

CREACIÓN DE LA JUNTA VECINAL DEL EDIFICIO SITO EN LA AV. GRAN CHIMÚ Nº 123. SAN JUAN DE LURIGANCHO.

--

--

--

 

04

15

FEB

04

04-2004-CSJL

Designación como Coordinador de la presente Junta Vecinal a la Sra. Luis ALVA DE CARDENAS, de 30 años de edad, identificada con DNI Nº 54667321, domiciliado en La Av. Gran Chimú Nº 123. San Juan de Lurigancho

 

15

FEB

05

 

 

 

 

 

ANEXO 08    MODELO DE FICHA DE ACREDITACIÓN (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ).---------------------------------------

 

 

 

 

 

ANEXO 09    MODELO DE CREDENCIAL (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ).------------------------------------------------------------------------------------

 

ANVERSO

 

REVERSO

           

 

ANEXO 10    MODELO DE REGISTRO “RESERVADO” DE DATOS E INFORMACIONES, PROPORCIONADOS A LA POLICÍA POR LOS INTEGRANTES DE LAS JUNTAS VECINALES (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ).---------------------------------------

 

RESERVADO

HORA

FECHA

CONTENIDO

RESOLUCIÓN

D

M

A

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EL COMISARIO                                                       EL JEFE DE LA SECCIÓN

   PC y PS

____________________________                          ____________________________  

 

RESERVADO

 

ANEXO 11    FORMATO DEL ACTA DE REUNIONES (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ).---------------------------------------

 

 

ACTA DE REUNIÓN

 

En San Juan de Lurigancho, siendo las 19:00 horas del 21 de mayo de 2004, presentes:

 

-       El Comisario, Comandante PNP Pedro REYNOSO SILVA, identificado con CIP. Nº 194638 (o su representante: Oficial Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social o Promotor designado).

 

-       El Coordinador General, Pedro Pablo PUERTA PORRES, de 45 años de edad, identificado con DNI Nº 13425262, de ocupación Administrador de Empresas, domiciliado la Av. Los Próceres de la Independencia Nº 1546 – Chacaritas.   

 

-       Si el caso es de una reunión de los Coordinadores de Juntas Vecinales de una zona las generales de ley son del Coordinador Zonal,

 

-       Ó, si la reunión es de los “Vecinos Vigilantes” integrantes de una Junta Vecinal las generales de ley son del Coordinador de dicha Junta Vecinal.

 

-       Y los abajo firmantes,

 

En la Comisaría de Zárate, se procedió a levantar la presente ACTA DE REUNIÓN CON LOS (COORDINADORES ZONALES, COORDINADORES DE JUNTAS VECINALES, “VECINOS VIGILANTES” INTEGRANTES DE LA JUNTA VECINAL DE LA CDRA. 6 DE LA AV. LOS PROCERES DE LA INDEPENDENCIA – CHACARITAS, según el caso), conforme se detalla:

  1. Lectura del Acta de la reunión anterior.
  2. Observaciones y absoluciones al acta leída.
  3. Aprobación del acta leída.
  4. Despacho de la documentación  mas importante recibida y/o tramitada.
  5. Lectura de la agenda predeterminada e incorporación de algunos pedidos.
  6. Se procede a tratar cada uno de los puntos de la agenda.
  7. Se toman acuerdos de cada uno de los puntos señalados en la agenda
  8. Se nombran responsables de las comisiones que van a cumplir los acuerdos.
  9. Se acuerda fecha y hora de la próxima reunión a propuesta del Comisario o representante.

 

Y para que conste se levanta la presente acta, en el Libro (o cuaderno) de Reuniones, siendo las 21:00 horas aproximadamente del día de la fecha, firmando al pie su conformidad los presentes.

 

-----------------------------      -----------------------------      -----------------------------

                               (firma)                                   (firma)                                   (firma)

 

-----------------------------      -----------------------------      -----------------------------

                        (firma)                                   (firma)                                   (firma)

 

-----------------------------      -----------------------------      -----------------------------

                        (firma)                                  (firma)                                   (firma)

ANEXO 12    MODELO DE REGISTRO DE RECURSOS DONADOS A LAS JUNTAS VECINALES (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ).------------------------------------------------------------------------------------

 

 

NÚMERO DE REGISTRO

CANTIDAD

DESCRIPCIÓN

DONANTE

DOCUMENTO

ESTADO

 

 

AFECTACIÓN

01

CIEN

(100)

CHALECOS DE

IDENTIFICACIÓN DE LAS JUNTAS VECINALES, COLOR VERDE, CON LOGOTITO

DEL MUNICIPIO Y PNP

MUNICIPA-LIDAD

DE SAN MARTÍN DE PORRES

OFICIO Nº 123-2004-MSMP

de 22MAR04

NUEVOS

SEGÚN RELACIÓN NOMINAL DE CIEN (100)  INTEGRANTES DE LAS JUNTAS VECINALES QUE OBRA EN EL ARCHIVO DE DOCUMENTA-CIÓN

02

UNA

(01)

COMPUTADORA PERSONAL

PETIUM CUATRO, MARCA IBM, CON :

UNIDAD CENTRAL, MONITOR,

TECLADO.

MOUSE.

ESTABILIZADOR E IMPRESORA CANÓN BJC 250

COMITÉ CÍVICO DE COOPERACIÓN CON LA COMISA-RÍA DE SAN MARTÍN DE PORRES

OFICIO Nº 15-2004-CCCCSMP

de 30ABR04

NUEVA

SECCIÓN DE PARTICIPA-CIÓN CIUDADANA Y PROYECCIÓN SOCIAL DE LA COMISARÍA DE SAN MARTÍN DE PORRES.

03

UNA

(01)

SIRENA, MARCA IMACO, DE CAUTRO SONIDOS,

DE 220 V.

SR. PEDRO MATOS CASEO,

DNI 23648377

DOMICILIADO EN Jr. Sao Paulo Nº 345 SMP

 

Carta de donación de 30MAR04

NUEVA

CASETA DE LA PLAZA DE ARMAS DE SMP.

 

Lima, 30 de marzo de 2004.

 

    EL COMISARIO               EL COORDINADOR GENERAL                          EL COORDINADOR ZONAL

                                                                                                                              SECRETARIO DE ECONOMÍA
ANEXO 13    ACTO DE JURAMENTACIÓN DE JUNTAS VECINALES

                                (MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LAS COMISARÍAS, PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERU).---------------------------------------

 

A.   PROGRAMA

-       APERTURA

-       HIMNO NACIONAL DEL PERÚ

-       PALABRAS DE BIENVENIDA DEL COMISARIO

-       LECTURA DE LA RESOLUCIÓN DE CREACIÓN O DE RECONOCIMIENTO DE COORDINADOR

-       ACTO DE JURAMENTACIÓN A CARGO DE LA AUTORIDAD POLICIAL

-       ENTREGA DE CREDENCIALES

-       PALABRAS DE UN REPRESENTANTE DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA PROMOVIDAS POR LA PNP

-       PALABRAS DE LA AUTORIDAD POLICIAL DE MAS ALTA  GRADUACIÓN

-       HIMNO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

 

B.   FORMULA DE JURAMENTO

 (La autoridad Policial da lectura)

 

SEÑORA(s), SEÑOR(es) CIUDADAN (a), (o), (as), (os):

 

JURAIS POR DIOS, LA PATRIA Y SU COMUNIDAD, CUMPLIR CON LAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES  COMO: (según el caso)

-       INTEGRANTES DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA

-       COORDINADOR DE LA JUNTA VECINAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA (indicar el lugar)

-       COORDINADOR ZONAL DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE (indicar localidad)

-       COORDINADOR GENERAL DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA

 

DE LA COMISARÍA DE………………………………………………

(el (los) juramentado(s) responde(n)    ¡SI JURO!)

SI ASÍ LO HICIEREIS, DIOS, LA PATRIA Y SU COMUNIDAD OS PREMIEN Y SI NO OS LO DEMANDEN.

(Remitido al EMG-PNP, con Of. No. 29-2004-DIRFAPACI-PNP/EM  de 25MAY04.- Recibido el 29MAY04).

 

 
 

 
 
 
 
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